Si tu obra social o prepaga te negó una medicación, tratamiento, cirugía, geriátrico u otra prestación, presentamos rápidamente un amparo judicial y solicitamos al juzgado que ordene cubrir lo que necesitás.
⚡ El tiempo es clave en un amparo. Consultanos hoy.
Consultar por WhatsAppAbogado en amparos de salud — Mar del Plata
Abogado inscripto en el fuero federal y en los tribunales de la Provincia de Buenos Aires. Dedicado a la defensa del derecho a la salud, con experiencia en acciones de amparo contra obras sociales, prepagas y PAMI.
Tu obra social o prepaga rechazó cubrir una medicación de alto costo o de uso habitual prescripta por tu médico.
Te negaron autorización para una cirugía, tratamiento oncológico o programa de rehabilitación indicado como necesario.
Tu obra social o prepaga está obligada por ley a cubrirte el geriátrico o residencia de tus padres. Si te lo niegan, lo reclamamos judicialmente.
¿Sos jubilado y PAMI no te da la cobertura que necesitás? Te asesoramos para derivarte a una obra social o prepaga.
Tu obra social o prepaga se niega a cubrir prestaciones, terapias o tratamientos amparados por tu Certificado Único de Discapacidad (CUD), pese a la obligación legal de cubrirlos.
Te niegan la cobertura de acompañante terapéutico, incluso el que necesitás para la escuela, estando amparado por tu CUD o certificado de discapacidad.
Presentaste el pedido, no contestaron, y el tiempo corre. El silencio también es una negativa que puede impugnarse judicialmente.
Una cláusula de exclusión te impide acceder a la cobertura que necesitás con urgencia. Podemos reclamarla judicialmente.
La Ley 26.396 obliga a cubrir cirugía bariátrica, medicación y tratamiento integral de la obesidad. Si te lo negaron, lo reclamamos judicialmente.
Como jubilado, tenés derecho a solicitar la derivación de tu cobertura de PAMI hacia una obra social o prepaga cuando la prestación que necesitás no te la garantizan. Te asesoramos en todo el trámite de derivación y, si corresponde, en el reclamo judicial.
Consultar sobre derivación de PAMIPor WhatsApp, sin formularios, sin turnos. Te escuchamos hoy mismo y de manera confidencial.
Analizamos la viabilidad de tu caso, te decimos si tenés amparo y cómo seguir adelante.
Redactamos y presentamos el escrito judicialmente. El juez puede ordenar cobertura en 72 hs.
Seguimiento completo del expediente hasta que recibas la prestación que necesitás.
Sí. La primera consulta, donde evaluamos si tu situación tiene viabilidad para un amparo, no tiene costo ni compromiso.
Depende del juzgado y la urgencia del caso, pero en muchas situaciones el juez puede ordenar una medida cautelar en 48-72 horas mientras se tramita el amparo en forma integral.
El incumplimiento de una orden judicial tiene consecuencias legales para la entidad, y hacemos el seguimiento del expediente hasta que la prestación se cumpla.
Alcanza con contarnos tu situación por WhatsApp. Si tenés la negativa por escrito de tu obra social o prepaga (mail, carta documento, notificación), ayuda, pero no es imprescindible para empezar.
Te lo explicamos con claridad en la consulta inicial, antes de que decidas avanzar. No hay sorpresas después.
Sí, toda consulta está protegida por el secreto profesional del abogado.
Sin cargo. Confidencial. Respondemos hoy.
No estás solo.
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